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¿Se puede cancelar la deuda con Hacienda y Seguridad Social con la Ley de Segunda Oportunidad en 2026?
Una de las preguntas más frecuentes cuando una persona valora acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es: “¿También se puede cancelar la deuda con Hacienda o con la Seguridad Social?” La respuesta es sí, pero con límites legales concretos. Además, la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2026 ha aclarado cómo debe aplicarse la exoneración de la deuda pública, lo que puede suponer una reducción mayor de la que muchas personas imaginan. En este artículo

¿Puede Hacienda impedir la Ley de Segunda Oportunidad por una sanción muy grave?
Una de las dudas más frecuentes cuando una persona quiere acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es: ¿Me pueden denegar la exoneración si tengo una sanción de Hacienda? La respuesta es: sí, en determinados casos muy concretos. La Sentencia del Tribunal Supremo 441/2026 ha aclarado definitivamente cuándo una sanción tributaria puede impedir el acceso al mecanismo. En este artículo te explicamos exactamente en qué situaciones existe riesgo real de exclusión. ¿Puede una sanción de Hacienda impedir la Segunda Oportunidad?

¿Impide una derivación de responsabilidad de la Seguridad Social acceder a la Ley de Segunda Oportunidad?
Muchos administradores de sociedades que cerraron su empresa se hacen esta pregunta: ¿Si tengo una derivación de responsabilidad de la Seguridad Social me pueden denegar la Segunda Oportunidad? La respuesta, tras la Sentencia del Tribunal Supremo 439/2026, es clara: No automáticamente. El Supremo ha introducido un matiz decisivo que puede permitir acceder a la exoneración incluso cuando existe una derivación firme. ¿Qué es una derivación de responsabilidad de la Seguridad Social? La Tesorería General de la Seguridad Social puede reclamar