Los economistas advierten de que el incremento de los concursos de acreedores en 2022 se acentuará en 2023

Los concursos de acreedores entre los autónomos se multiplicaron durante el cuarto trimestre del año pasado. Los economistas anticipan un incremento incluso superior en 2023, debido a los efectos de la nueva Ley Concursal.

Los economistas anticipan un incremento de los concursos de acreedores entre los autónomos.
Fuente: autonomosyemprendedor.es

La entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal disparó los concursos de acreedores entre los autónomos durante los últimos tres meses de 2022. Así lo constataron los datos del Registro Público Concursal, elaborado por Registradores de España, que muestran cómo el número de procesos concursales que afectaron a personas físicas creció más de un 150% con respecto a los otros tres trimestres del año.  

En términos absolutos, durante el cuarto trimestre de 2022 se registraron 4.407 concursos de acreedores en España por parte de las personas físicas, de los cuales la gran mayoría son autónomos y pequeños negocios. Este dato supone un crecimiento del 162,9% con respecto al trimestre anterior. Un incremento que estaría directamente relacionado con la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal el pasado septiembre, entre otros factores. 

Sin embargo, esta tendencia alcista en el número de procedimientos no se produjo entre las empresas más grandes durante los últimos tres meses de 2022. Así, los concursos de acreedores entre las sociedades limitadas cayeron un 21,2% con respecto al trimestre anterior; mientras que los procedimientos abiertos en sociedades anónimas descendieron un 8,1% intertrimestral. 

Además, los expertos consultados por este medio anticiparon un aumento todavía mayor en el número de concursos que se registraron en el primer trimestre de este año, una cuestión sobre la que todavía no hay datos disponibles.  

La entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal disparará los concursos de acreedores entre los autónomos en 2023 

Aunque los datos aportados por Registradores de España indican un fuerte crecimiento del número de autónomos acogidos a un concurso de acreedores durante el cuarto trimestre del año pasado, los expertos consultados por este diario reconocieron que la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal no es la única causa de esta subida.  

“Por un lado, el nuevo sistema de registro hace muy difícil diferenciar entre los autónomos y el resto de personas físicas, aunque los primeros son claramente la mayoría. Por otro, este incremento podría tener más que ver con el efecto del fin de la moratoria concursal de junio, así como de la sentencia que permitía una mayor exoneración del crédito público en julio”, afirmó, en este sentido, Alberto Velasco, secretario técnico del Registro de Economistas Forenses (REFOR) del Consejo General de Economistas. 

Sin embargo, estos datos sí son una buena muestra de la delicada situación que vivieron muchos autónomos durante el año pasado. “Son el colectivo más vulnerable en una situación de crisis como la actual. Como es lógico, los vehículos menos potentes tienen una menor capacidad para subir las cuestas”, valoró el experto, que identifica un mayor interés por parte de los trabajadores por cuenta propia en figuras como la segunda oportunidad. 

En este contexto, “habrá que esperar a los datos del primer trimestre de 2023 para medir el verdadero impacto de la reforma de la Ley Concursal. Previsiblemente, aumentarán, teniendo en cuenta que los nuevos procedimientos especiales a los que se pueden acoger los autónomos se están utilizando cada vez más”, anticipó Alberto Velasco. 

El incremento de los procedimientos concursales entre los autónomos también implica que más negocios se salven 

Sin embargo, los economistas explicaron a este diario que el incremento del número de concursos de acreedores abiertos no tiene por qué ser una mala noticia. Incluso, podría significar que muchos pequeños negocios puedan salvarse del cierre definitivo al, por ejemplo, tener la posibilidad de exonerar sus deudas públicas. 

“En España, partíamos de un número muy bajo de concursos”, recordó, en este aspecto, el secretario técnico del REFOR. “Comparado con otros países, todavía tenemos muy pocos casos debido a que todavía no existe la cultura empresarial suficiente como para acudir al procedimiento con mayor frecuencia. Sin embargo, la popularización de este mecanismo beneficiará a muchos negocios, que podrán salvarse de la quiebra, si bien es cierto que todavía menos de un 10% de éstos finalizan con éxito para la empresa”, explicó.  

En la cara opuesta de la moneda se encuentra la disminución en el número de concursos declarados por las sociedades limitadas y anónimas. Para Alberto Velasco, este dato implica “que muchas sociedades, o bien han cerrado o ya habían acudido antes al procedimiento”, algo que también es una muestra de la situación económica actual que viven muchos negocios. 

Los autónomos y microempresas en concurso deben informar a Hacienda y a la Seguridad Social en las 72 horas posteriores a su apertura para poder exonerar sus deudas públicas 

Ante el enorme crecimiento de los concursos de acreedores abiertos entre los autónomos desde la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal, cabe recordar que, en los casos en los que sus negocios mantengan deudas con Hacienda o la Seguridad Social, deben informar a ambas instituciones en no más de 72 horas desde la apertura de un procedimiento concursal especial. De lo contrario, podrían perder su derecho a la exoneración.  

Así, los trabajadores por cuenta propia y las microempresas (las que tengan menos de diez asalariados y una facturación inferior a los dos millones de euros) que hayan solicitado la apertura de un procedimiento especial de continuación -el creado para los negocios más pequeños en la reforma de la Ley Concursal- deben recordar la obligación de informar a la Seguridad Social y a Hacienda durante las 72 horas posteriores a la solicitud, siempre y cuando el autónomo mantenga algún tipo de deuda con los entes públicos.

Para informar de la apertura de un procedimiento especial de continuación, los autónomos y microempresas deberán acceder a los servicios electrónicos habilitados por la Seguridad Social o Hacienda –lo que corresponda en cada caso-, adjuntando la documentación requerida y firmando la comunicación electrónicamente.  

Si se ha realizado el trámite de manera correcta, el autónomo recibirá un acuse de recibo en formato zip. “Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión deberá realizarse la presentación en otro momento o utilizar otros medios”, explicaron desde la Seguridad Social. 

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