Fuente: 20minutos.es Un juez de Sevilla ha perdonado una deuda que alcanzaba una cantidad de 441.559 euros a un ciudadano por la ley de Segunda Oportunidad. El sevillano tenía un negocio en el que vendía productos para la construcción y cuando la crisis de 2008 llegó a tocarle la puerta, las deudas comenzaron a afectar sus líneas de crédito. Finalmente, en el año 2012, el ciudadano se vio obligado a cerrar su negocio y comenzó a trabajar por cuenta ajena para intentar pagar las deudas. No obstante, sus ingresos no eran suficientes y por este motivo decidió acogerse a esta ley, según ha informado el Diario de Sevilla. Esta norma, que entró en vigor en el año 2015 en España, tiene más de cien años aplicándose en Estados Unidos y ha ayudado a millones de personas físicas que no pueden asumir el pago de sus deudas. El propósito de la ley, como su nombre lo indica, es brindar una segunda oportunidad a los ciudadanos para que no tengan que vivir ahogados. Pero, ¿en qué consiste exactamente esta normativa? La Ley de Segunda Oportunidad ofrece a los particulares y autónomos que se encuentran en una situación de insolvencia la posibilidad de renegociar sus deudas o incluso de cancelarlas de forma total o parcial con el fin de que puedan empezar de cero. La norma también garantiza los derechos de cobro de los acreedores. No obstante, las personas que deseen acogerse a esta normativa deberán cumplir con una serie de requisitos. ¿Quiénes pueden acogerse a la ley? Todas las personas físicas tienen la posibilidad de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es decir, los particulares, autónomos y también empresarios que no puedan cumplir con el pago de sus deudas por encontrarse en una situación de insolvencia. Asimismo, será necesario que los ciudadanos tengan deudas con al menos dos acreedores diferentes, ya sean entidades financieras, Hacienda o la Seguridad Social. Además de las personas con nacionalidad española, también se podrán acoger los ciudadanos extranjeros con residencia legal en el país. ¿Cuáles son los requisitos? Las personas que tengan la intención de acogerse a la ley de Segunda Oportunidad deberán demostrar que no disponen de patrimonio suficiente para pagar sus deudas. Además, resultará imprescindible que el deudor haya sido un buen pagador que actualmente está pasando por una situación económica complicada. Por lo tanto, la persona no podrá haber sido condenada en los últimos diez años por delitos económicos contra Hacienda, la Seguridad Social u otras instituciones públicas. En otras palabras, las personas en situación de sobreendeudamiento no podrán aplicarse esta ley. ¿Cuáles son las novedades de la ley? Anteriormente, se exigía que los deudores hubieran intentado llegar a un acuerdo extrajudicial de pago antes de acogerse a la normativa. No obstante, este requisito se ha derogado y también se ha eliminado el requerimiento que obligaba al deudor a no rechazar ofertas de trabajo en los últimos cuatro años. Adicionalmente, indica que también se ha reducido el plazo mínimo para mediar entre una solicitud de exoneración y la exoneración concedida con anterioridad al mismo deudor. En concreto, el plazo se ha acortado de diez a cinco años. Por último, actualmente no es necesario que el deudor utilice todo su patrimonio para pagar sus deudas, debido a que existe la posibilidad de confeccionar un plan de pagos con el fin de evitar perder la vivienda habitual y los activos empresariales, en caso de tenerlos. En otras palabras, el deudor podrá cancelar una parte de sus deudas y hará frente al resto de ellas con un plan de pagos de hasta cinco años sin intereses. ¿Cuánto dura el proceso? El proceso de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad varía en función de cada caso y del juzgado donde se esté llevando a cabo. No obstante, según recuerda la abogada, la ley fija que los casos más complicados tendrán un plazo máximo de 18 meses para resolverse. Mientras dure el proceso, el deudor estará protegido y los acreedores no podrán reclamarle sus deudas ni embargar sus bienes. Además, otra de las novedades de la ley es que ya no se requieren las intervenciones del notario, el Registro Mercantil, la Cámara de Comercio y el mediador concursal, lo que supone un ahorro de tiempo y, por supuesto, de dinero. ¿Cuánto cuesta acogerse a la ley? Los honorarios de los abogados pueden variar en función de la especialidad y la experiencia de los mismos. Algunos letrados ofrecen la posibilidad de realizar tanto pagos únicos como fraccionados y las tarifas suelen oscilar entre los 2.000 y los 3.000 euros. Sin embargo, cuando se trata de casos complejos esta cifra pudiera situarse entre los 4.000 o 6.000 euros.
Los concursos de acreedores bajan un 9% en los cuatro primeros meses del año
Las disoluciones también caen un 1%, según los datos de Informa D&B Fuente: Servimedia Los concursos de acreedores bajaron un 9% en los primeros cuatro meses del año, al alcanzar los 2.059 procedimientos, mientras que las disoluciones cayeron un 1%, al totalizar 12.523 disoluciones, según los datos extraídos por Informa D&B. En concreto, el 92% de los procedimientos concursales iniciados durante los cuatro primeros meses del año correspondieron a concursos (1.886). Los planes de reestructuración llegaron a 143 y se registraron un total de 30 procedimientos especiales. En lo que se refiere a abril, tras dos meses con cifras inferiores al año pasado, los concursos de acreedores subieron un 29% interanual, hasta elevarse a los 568 procedimientos. Además, se registraron 24 planes de reestructuración y 21 procedimientos especiales para microempresas. Las microempresas representaron el 85% de los concursos iniciados el pasado mes, las pequeñas compañías fueron algo más del 14%, las medianas no llegaron al 1% y ninguna gran empresa inició concurso. Además, las microempresas fueron el 79% de los planes de reestructuración, las pequeñas el 17% y las medianas el 4%. Informa D&B señaló que la entrada en vigor de la reforma concursal «causó la disminución de los concursos exprés, que se inició en septiembre del año pasado». Durante los ocho primeros meses del 2022 no bajó del 65,5%, pero en diciembre era del 17%. En el primer mes de 2023 rozaba el 15%, pero cayó hasta el 11% en abril. FACTURACIÓN DE LAS EMPRESAS Las empresas inmersas en procesos de reestructuración suman, hasta el mes de abril, una facturación de casi 4.200 millones de euros, frente a los 2.300 millones de las concursadas. Las entidades de los sectores de comercio y hostelería sumaron casi la mitad de los procedimientos especiales para microempresas. Por otro lado, los concursos acumulados disminuyeron en la mayoría de los sectores respecto al primer cuatrimestre de 2022. Únicamente subió un 28% transportes, un 11% intermediación financiera y un 8% otros servicios. Comercio fue el sector que registró el 25% del total de los procesos (474), seguido por construcción y actividades inmobiliarias, con 368. Los planes de reestructuración se concentraron principalmente en industria (31), construcción y actividades inmobiliarias (26) y servicios empresariales y comercio (ambos con 23). En el caso de los procedimientos especiales, comercio y hotelería fueron los más afectados, con seis cada uno. El mayor número de disoluciones desde enero se contabilizó en construcción y actividades inmobiliarias, con un ascenso del 0,5% (3.053), comercio se redujo un 0,5% (2.467) y servicios empresariales creció un 2% (1.895). Asimismo, en abril estos tres sectores fueron los que más procesos de disolución alcanzaron, con 503, 372 y 316, respectivamente. COMUNIDADES Por comunidades, Cataluña lideró los datos de concursos (510) y los procesos de reestructuración (36). Le sigue Madrid, con 316 concursos y 26 planes de reestructuración. Entre las dos suponen el 44% de todos los concursos contabilizados desde enero. Además, Madrid registró un total de 12 procedimientos especiales durante estos cuatro meses. En el mes de abril, Cataluña registró 151 concursos, con un incremento del 31%, pero sus cuatro planes de reestructuración se vieron superados por los seis de Galicia. Valencia le sigue por número de concursos, con 83, uno más que los 82 de Madrid, que fue la región que encabezó los procedimientos especiales (con 11). En el caso de las disoluciones, Madrid concentró el 28% del total acumulado (3.556). La siguiente comunidad fue Andalucía, con 1.728, y Valencia, con 1.463. Navarra fue la que más creció en valor absoluto, con 188 procedimientos más, y Cataluña fue la que recortó en mayor medida, con 173 menos. En abril los procesos de disolución llegaron a 539 en Madrid, 295 en Andalucía y 181 en Valencia.
La creación de empresas sube en Córdoba al igual que los concursos de acreedores
El saldo neto de sociedades mercantiles de marzo mejora, siendo el más alto de este primer trimestre, aunque la provincia continúa a la cola de Andalucía Fuente: https://cordopolis.eldiario.es La provincia de Córdoba registró durante el mes de marzo un aumento en la creación de empresas con respecto al mes de febrero, pero también incrementó el número de concursos de acreedores, siendo uno de los más altos de Andalucía. Pese a ello, el saldo neto de sociedades mercantiles es el más alto de este primer trimestre. Los datos publicados en la Estadística sobre Sociedades Mercantiles en Andalucía que elabora el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA) ponen de manifiesto que Córdoba ha mejorado el saldo de las sociedades mercantiles, fruto de restar las extinguidas a las creadas. Así, en este último mes se han constituido 133 nuevas sociedades en la provincia, todas limitadas, mientras que otras 34 se han extinguido. Además, 35 se han disuelto. En Andalucía, durante el mes de marzo se han creado 2.214 empresas, un 41,9% más que en el mismo mes del año pasado. En el caso de Córdoba también se ha producido este incremento en comparación con 2022, situándose en un 16,66% más. A pesar de que Córdoba ha mejorado su saldo de sociedades mercantiles, lo hace a un ritmo más lento que el resto de provincias andaluzas ya que es la tercera con el dato más bajo, al igual que ocurrió en febrero. En enero mejoró algo sus cifras, aunque poco, hasta situarse como la cuarta provincia de Andalucía, aunque por la cola. Con respecto a los datos de los concursos de acreedores, en Andalucía se han producido 26, de los que siete han tenido lugar en Sevilla y seis, en Córdoba. A estas provincias les siguen Málaga, con cuatro; Almería y Cádiz, con tres; Granada, con dos; Jaén, con una; y Huelva, con ningún concurso de acreedores. A este respecto, aunque los concursos de acreedores son muy pocos, en el caso de Córdoba, la cifra ha ido creciendo en este primer trimestre dado que se ha triplicado desde enero, cuando solo hubo dos, hasta marzo, periodo en el que la provincia ha registrado seis. Otros datos El informe del IECA también arroja otros datos de diversa índole. Por ejemplo, de las 133 sociedades que se crearon en marzo, 19 fueron de comercio al por mayor, la cifra más alta, seguida de 15 relacionadas con la agricultura, la ganadería y la caza; 13, en el servicio de comidas y bebidas; y 12, en el comercio al por menor, como actividades económicas más destacadas. Por otro lado, durante este mismo periodo, 31 sociedades ampliaron capital y ocho lo redujeron. Además, dos transformaron su naturaleza y ninguna se escindió ni fusionó.
Los economistas advierten de que el incremento de los concursos de acreedores en 2022 se acentuará en 2023
Los concursos de acreedores entre los autónomos se multiplicaron durante el cuarto trimestre del año pasado. Los economistas anticipan un incremento incluso superior en 2023, debido a los efectos de la nueva Ley Concursal. La entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal disparó los concursos de acreedores entre los autónomos durante los últimos tres meses de 2022. Así lo constataron los datos del Registro Público Concursal, elaborado por Registradores de España, que muestran cómo el número de procesos concursales que afectaron a personas físicas creció más de un 150% con respecto a los otros tres trimestres del año. En términos absolutos, durante el cuarto trimestre de 2022 se registraron 4.407 concursos de acreedores en España por parte de las personas físicas, de los cuales la gran mayoría son autónomos y pequeños negocios. Este dato supone un crecimiento del 162,9% con respecto al trimestre anterior. Un incremento que estaría directamente relacionado con la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal el pasado septiembre, entre otros factores. Sin embargo, esta tendencia alcista en el número de procedimientos no se produjo entre las empresas más grandes durante los últimos tres meses de 2022. Así, los concursos de acreedores entre las sociedades limitadas cayeron un 21,2% con respecto al trimestre anterior; mientras que los procedimientos abiertos en sociedades anónimas descendieron un 8,1% intertrimestral. Además, los expertos consultados por este medio anticiparon un aumento todavía mayor en el número de concursos que se registraron en el primer trimestre de este año, una cuestión sobre la que todavía no hay datos disponibles. La entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal disparará los concursos de acreedores entre los autónomos en 2023 Aunque los datos aportados por Registradores de España indican un fuerte crecimiento del número de autónomos acogidos a un concurso de acreedores durante el cuarto trimestre del año pasado, los expertos consultados por este diario reconocieron que la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal no es la única causa de esta subida. “Por un lado, el nuevo sistema de registro hace muy difícil diferenciar entre los autónomos y el resto de personas físicas, aunque los primeros son claramente la mayoría. Por otro, este incremento podría tener más que ver con el efecto del fin de la moratoria concursal de junio, así como de la sentencia que permitía una mayor exoneración del crédito público en julio”, afirmó, en este sentido, Alberto Velasco, secretario técnico del Registro de Economistas Forenses (REFOR) del Consejo General de Economistas. Sin embargo, estos datos sí son una buena muestra de la delicada situación que vivieron muchos autónomos durante el año pasado. “Son el colectivo más vulnerable en una situación de crisis como la actual. Como es lógico, los vehículos menos potentes tienen una menor capacidad para subir las cuestas”, valoró el experto, que identifica un mayor interés por parte de los trabajadores por cuenta propia en figuras como la segunda oportunidad. En este contexto, “habrá que esperar a los datos del primer trimestre de 2023 para medir el verdadero impacto de la reforma de la Ley Concursal. Previsiblemente, aumentarán, teniendo en cuenta que los nuevos procedimientos especiales a los que se pueden acoger los autónomos se están utilizando cada vez más”, anticipó Alberto Velasco. El incremento de los procedimientos concursales entre los autónomos también implica que más negocios se salven Sin embargo, los economistas explicaron a este diario que el incremento del número de concursos de acreedores abiertos no tiene por qué ser una mala noticia. Incluso, podría significar que muchos pequeños negocios puedan salvarse del cierre definitivo al, por ejemplo, tener la posibilidad de exonerar sus deudas públicas. “En España, partíamos de un número muy bajo de concursos”, recordó, en este aspecto, el secretario técnico del REFOR. “Comparado con otros países, todavía tenemos muy pocos casos debido a que todavía no existe la cultura empresarial suficiente como para acudir al procedimiento con mayor frecuencia. Sin embargo, la popularización de este mecanismo beneficiará a muchos negocios, que podrán salvarse de la quiebra, si bien es cierto que todavía menos de un 10% de éstos finalizan con éxito para la empresa”, explicó. En la cara opuesta de la moneda se encuentra la disminución en el número de concursos declarados por las sociedades limitadas y anónimas. Para Alberto Velasco, este dato implica “que muchas sociedades, o bien han cerrado o ya habían acudido antes al procedimiento”, algo que también es una muestra de la situación económica actual que viven muchos negocios. Los autónomos y microempresas en concurso deben informar a Hacienda y a la Seguridad Social en las 72 horas posteriores a su apertura para poder exonerar sus deudas públicas Ante el enorme crecimiento de los concursos de acreedores abiertos entre los autónomos desde la entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal, cabe recordar que, en los casos en los que sus negocios mantengan deudas con Hacienda o la Seguridad Social, deben informar a ambas instituciones en no más de 72 horas desde la apertura de un procedimiento concursal especial. De lo contrario, podrían perder su derecho a la exoneración. Así, los trabajadores por cuenta propia y las microempresas (las que tengan menos de diez asalariados y una facturación inferior a los dos millones de euros) que hayan solicitado la apertura de un procedimiento especial de continuación -el creado para los negocios más pequeños en la reforma de la Ley Concursal- deben recordar la obligación de informar a la Seguridad Social y a Hacienda durante las 72 horas posteriores a la solicitud, siempre y cuando el autónomo mantenga algún tipo de deuda con los entes públicos. Para informar de la apertura de un procedimiento especial de continuación, los autónomos y microempresas deberán acceder a los servicios electrónicos habilitados por la Seguridad Social o Hacienda –lo que corresponda en cada caso-, adjuntando la documentación requerida y firmando la comunicación electrónicamente. Si se ha realizado el trámite de manera correcta, el autónomo recibirá un acuse de recibo en formato zip. “Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje
En Burgos ya hay más personas que empresas en concurso de acreedores
Fuente: diariodeburgos.es Muchos abogados especializados en derecho mercantil consideran que la ley de Segunda Oportunidad sigue siendo una gran desconocida pese a que entró en vigor en 2016. Sin embargo, los datos estadísticos del Consejo General del Poder Judicial reflejan que cada vez son más las personas que se acogen a esta especie de balón de oxígeno para saldar deudas contraídas. En cuestión de dos años, en la provincia de Burgos el número de concursos de acreedores de individuos físicos se ha duplicado y ya superan a los presentados por empresas. Las cifras sobre las consecuencias de la crisis en los juzgados burgaleses muestran que en 2022 se declararon en Burgos un total de 51 concursos de personas naturales no empresas. Es decir, individuos que se acogieron a esa ley de Segunda Oportunidad para intentar saldar sus deudas. El año previo fueron 36, mientras que en 2020 se presentaron 26. Las cifras ya son anecdóticas en ejercicios anteriores, cuando apenas se superaba la decena. Por su parte, las empresas que acudieron a la vía del concurso para solventar sus pagos con los acreedores el año pasado fueron 29, que se suman a los 10 presentados por autónomos. Sigue sin producirse ese aluvión anunciado por jueces y abogados especializados en la materia desde el inicio de la crisis sanitaria, que sin duda afectó a la liquidez de muchas sociedades mercantiles. En Burgos, podría suponer el colapso del juzgado.
Los concursos de acreedores bajan un 1% en el primer trimestre en Andalucía
Fuente: LaVanguardia.com Andalucía ha registrado en el primer trimestre 158 procedimientos concursales, un uno por ciento menos que en el mismo período de 2022, y 1.433 disoluciones, un 3 por ciento menos, según datos de la consultora Informa D&B (filial de Cesce), ha informado en un comunicado. Andalucía ha registrado en el primer trimestre 158 procedimientos concursales, un uno por ciento menos que en el mismo período de 2022, y 1.433 disoluciones, un 3 por ciento menos, según datos de la consultora Informa D&B (filial de Cesce), ha informado en un comunicado. La construcción y actividades inmobiliarias y el comercio son los sectores más afectados por los concursos y las disoluciones en Andalucía durante estos tres primeros meses con 29 y 28 concursos y 403 y 314 disoluciones respectivamente. Los servicios empresariales concentran cuatro de los planes de reestructuración y los procedimientos especiales se reparten entre industria, construcción y actividades inmobiliarias y hostelería. Por provincias, Málaga y Sevilla acumulan el mayor número de concursos, 18 y 58; disoluciones, 419 y 320, y planes de reestructuración, 3 y 7 respectivamente. Los procedimientos especiales se ubican también allí, dos en Málaga y el otro en Sevilla. En marzo, los concursos en Andalucía se quedan en 50, un 11 % menos que en 2022, aunque supone un peor comportamiento que el del conjunto del país donde descienden un 35 %.
El ICO facilita las reestructuraciones de deuda con más carencias y quitas sin perder el aval
Fuente: ElEconomista.es El Instituto de Crédito Oficial (ICO) despeja el camino a procesos de reestructuraciones de deudas, encallados, en muchos casos, por las dudas que suscitaba el tratamiento de los créditos que avala con la reforma concursal. En una nota explicativa remitida a los bancos, les habilita para otorgar un año extra de carencias en el repago de la deuda y clarifica que su deuda es susceptible de sufrir quitas sin que se pierdan los avales expedidos (cubren entre un 70 y 80% el riesgo en las financiaciones que garantiza). Deja además la puerta abierta a extensiones de plazo más allá de los ocho años fijados por ley para la financiación que garantiza, siempre que exista el permiso previo de la Agencia Tributaria. «¿Qué es lo que ha ocurrido desde diciembre? Que se ha levantado el tapón: había un gran atasco de expedientes porque nadie sabía muy bien a qué sujetar las refinanciaciones con préstamos ICO-Covid 19 y es que los préstamos ICO-Covid 19 los tiene cualquier deudor», explica el socio bancario y financiero de Squire Patton Boggs, Manuel Mingot, quien detalla que «las refinanciaciones estaban totalmente atascadas pese a la voluntad del legislador de impulsarlas con la aprobación de la ley que entró en vigor en septiembre, la Ley Concursal, y con la reforma preconcursal». El bloqueo se produce, precisamente, al incorporar en dicha normativa la disposición adicional octava para regular cómo actuar con la deuda avalada por el organismo y que algunas fuentes del sector consideran como «un torpedo a la línea de flotación» porque no dejaba claro si el banco debía recabar o no la autorización previa al Ministerio de Hacienda antes de tomar todo tipo de decisiones. En la práctica, esa duda impuso la inacción en las entidades financieras ante el riesgo de perder avales que cubren hasta el 70% de los créditos respaldados por el organismo público. El Gobierno trató de enmendar el embrollo con una modificación sorpresa a la Ley Concursal escasos tres o cuatro meses después, pero ha sido la nota del ICO la que despeja las dudas poniendo negro sobre blanco qué permite o no en cada supuesto y escenario. Para el socio bancario y financiero de Squire Patton Boggs una de las principales aportaciones de la nota es que capacita a la entidad financiera a «conceder una carencia de capital adicional de 12 meses a los 24 que marcaba la ley» sin necesidad de recabar autorización a Hacienda. «Es muy importante porque hay muchos casos donde lo que interesaba no era tanto ya la redistribución de las cuotas, que también, sino que dejase de pagar, una estabilización financiera total mediante carencia. Y el ICO ha dejado claro que, si no se supera el plazo de ocho años, se puede hacer», detalla. Capacita así a la banca para ampliar a tres años las carencias de forma bilateral. Es decir, esta alternativa se suma al cajón de herramientas de que disponen las entidades para reestructurar deuda de empresas sin necesidad de obtener permiso previo y entre las que figura la posibilidad de recalendarizar las amortizaciones (fechas de cobro e importe de las cuotas) siempre que no exceda esos ocho años de devolución máxima de la deuda fijado por ley en los créditos avalados. Quitas con autorización La nota técnica del ICO abre, en cualquier caso, la opción de extender dichos plazos más allá, aunque en su caso bajo la condición de contar con el visto bueno de la Agencia Tributaria como ocurrirá también con las quitas. La normativa establecía desde su origen la posibilidad de aplicar rebajas en la financiación avalada por el ICO, junto al resto de deudas, entre las fórmulas para ayudar a las empresas en dificultades a encarar el abono del resto y evitar el impago en su totalidad. Sin embargo, las dudas sobre la validez de sus garantías estaban afectando a la actuación de la banca. «Hasta ahora, las reestructuraciones realizadas bajo el nuevo marco concursal se habían estructurado siguiendo un criterio de prudencia, dejando el crédito avalado aparte o reestructurando plazos (con las limitaciones temporales del marco legal previamente autorizado por los Reales Decretos Ley que lo regulaban), pero sin quitas», relata a su vez Manuel Follía, socio de Reestructuraciones, insolvencias y situaciones especiales de Cuatrecasas. El organismo ha clarificado que el banco contará con dos votos: uno por el crédito no avalado y otro que ejercerá con las indicaciones que reciba de la Agencia Tributaria por la parte que garantiza el ICO, pudiendo no estar alineados e, incluso, con la posibilidad de obligarle a aceptar el resultado que mayoritariamente se apruebe por los acreedores en el plan de reestructuración. «Así, la banca podrá apoyar quitas en créditos ICOs avalados sin que se vea perjudicada la garantía, incluso en caso de arrastre de los créditos ICO; en este nuevo contexto, un banco podría votar a favor de un plan de restructuración con una quita por su 30% y que haya un efecto arrastre al ICO sin que esto implique que el aval del Estado se vea dañado«, explica el socio de Cuatrecasas. «El plan de reestructuración afectará, como es su regla general, a todos aquellos acreedores afectados por el perímetro de plan de reestructuración, incluidos los que hubieran votado en contra o los que se hubieran abstenido. De esta manera, el crédito ICO puede verse arrastrado por la votación aunque haya votado en contra y puede verse afectado porque es el efecto típico de arrastre de los planes de reestructuraciones, pero el aval no se verá perjudicado por la aprobación del plan», detalla el socio de Procesal y Arbitraje en CMS Albiñana & Suárez de Lezo, Juan Ignacio Fernández-Aguado.
Los concursos caen un 34% en el primer trimestre de 2023 en España, mientras se crea un 10% más de empresas
Fuente: Europa Press. europapress.es Los concursos de acreedores se han reducido casi un 34% en el primer trimestre de 2023 respecto al año pasado, con 988 procedimientos, mientras la creación de empresas ha aumentado un 10%, con 31.027 nuevas compañías, según revela el ‘Radar Empresarial de Concursos de Acreedores y Creación de Empresas y de Disoluciones’ de axesor. A nivel regional, Cataluña (254), Madrid (192) y Valencia (160) han sido las comunidades con más concursos en el primer trimestre de 2023, aunque las cifras han sido, respectivamente, un 30%, un 44% y un 27% menores a las del mismo periodo del año anterior. En el lado opuesto, Cantabria y Ceuta y Melilla solo han registrado un concurso de acreedores en lo que va de 2023, (-94% y -66,7%, respectivamente), seguidas de Extremadura, con 5 procedimientos (-44,4%), Navarra, con 6 declaraciones (-50%), y La Rioja, con 7 (+16,7%). El sector del comercio al por mayor, al por menor y reparación de vehículos se ha situado a la cabeza en concursalidad en el primer cuarto del año, con un total de 213 procedimientos (-31,7% interanual), seguido de la construcción, con 161 declaraciones (-32,9%), y la industria manufacturera, con 125 (-24,7%). Solo en el mes de marzo, 309 empresas se declararon en concurso España, un 44,2% menos que las que lo hicieron en el mismo mes de 2022, con Cantabria, Extremadura, La Rioja, Navarra y Ceuta y Melilla sin ningún procedimiento. LAS DISOLUCIONES SUBEN UN 2,6% EN LO QUE VA DE AÑO Las disoluciones de empresas han aumentado un 2,6% en el primer trimestre de 2023 respecto a las cifras del año anterior, con 23.976 procedimientos, mientras en el mes de marzo las disoluciones han caído un 15% en variación interanual, con 5.891 empresas extinguidas. En el primer cuarto del año, las comunidades con más disoluciones han vuelto a ser Madrid, con 6.682 procedimientos (+12%) y Cataluña, con 3.321 (-9,6%), mientras los sectores con mayor incidencia han sido el educativo (3.382 procedimientos), el de actividades profesionales, científicas y técnicas (2.377) y el inmobiliario (2.339). LA CREACIÓN DE EMPRESAS CRECE UN 10% En el primer trimestre de 2023 se han creado 31.027 empresas en España, un 10% más que en el mismo periodo del año anterior, mientras en el mes de marzo se registraron 11.946 constituciones, un 6,4% más. Así, en el primer cuarto del año, la Comunidad de Madrid fue la región con más empresas creadas, un total de 7.092, que suponen un 12% más que el año anterior. Le siguieron Cataluña, con 5.642 constituciones (+5,7%), y Andalucía, con 5.450 procedimientos (+11,6%). Por sectores, el comercio y la reparación de vehículos se ha situado a la cabeza en creación de empresas, con 5.834 constituciones (+7,8%), seguido de la construcción, con 4.347 nuevas compañías (+15,2%), el sector inmobiliario, con 3.151 (+11,6%), y el de las actividades profesionales, científicas y técnicas, con 3.147 constituciones (-4%).
Ley de Segunda Oportunidad: Los particulares ya acaparan más de la mitad de los concursos en Alicante
Fuente: David Navarro. informacion.es Cuando se habla de concursos de acreedores, la primera imagen que se viene a la mente son las grandes quiebras empresariales, con procesos que se dilatan durante años y que suelen acabar con la disolución de la compañía. Sin embargo, lo cierto es que, desde la entrada en vigor de la denominada Ley de Segunda Oportunidad en el año 2015, cada vez son más los particulares que recurren a esta figura para liberarse de sus deudas. Una tendencia que se ha acelerado durante el último año hasta el punto de que, por primera vez, las personas naturales no empresarias fueron mayoría en las solicitudes presentadas en los juzgados alicantinos. Una tendencia que, además, se prevé que siga al alza, tras la última reforma de la Ley Concursal que entró en vigor el pasado otoño y que ha agilizado todavía más el procedimiento a seguir, acortando los plazos. Las cifras hablan por sí solas. De acuerdo con los datos del Consejo General del Poder Judicial, a lo largo de 2022 se presentaron 1.025 concursos de acreedores en la provincia, un 35% más que en el año anterior y la mayor cifra de toda la serie histórica. Esto supone prácticamente tres declaraciones de insolvencia diarias. Sin embargo, si se baja al detalle, lo que se observa es que, a pesar de la incertidumbre y de las subidas de costes, las solicitudes presentadas por empresas apenas variaron, con un total de 306 concursos registrados frente a los 308 del año anterior. Sí hubo cierto repunte de los concursos de personas naturales empresarias o, en otras palabras, de autónomos, que sumaron 148 en total, frente a las 128 contabilizadas en 2021. Y lo que realmente se incrementó de forma considerable fueron las solicitudes presentadas por particulares, que sumaron hasta 571 casos, un 75% más que el año anterior, cuando sumaron 325. Detrás de este incremento de los concursos de personas físias, los profesionales ven un conjunto de factores, empezando por el cada vez mayor conocimiento que existe de la propia ley y de la posibilidad de quedar libre de deudas. Algo impensable hace unos años, cuando los particulares se veían obligados a cargar con la etiqueta de moroso de por vida, si no podían hacer frente a sus pagos. Es lo que se conoce como exoneración del pasivo insatisfecho, la gran novedad que introdujo la ley de segunda oportunidad. Pero también hay factores económicos. «Con la pandemia hubo mucha gente que se quedó tocada, muchos autónomos que no han conseguido reflotar el negocio», recuerda el presidente de la Sección de Derecho Concursal del Colegio de Abogados de Alicante, Luis Fernando Alonso Saura, que señala que la mayoría de procedimientos que está llegando a los tribunales son concursos sin masa. Es decir, en los que el solicitante ya no tiene bienes de los que disponer. Un diagnóstico que comparte también Antonio Galve, director jurídico de Repara tu Deuda, uno de los bufetes especializados en la materia que han surgido en los últimos años. «Hubo mucha gente que vio recortados sus ingresos, que entraron en ERTE y tardaron en cobrar o que tuvieron mucho tiempo cerrado el negocio, y recurrieron a la financiación bancaria para sobrevivir. Gente que ahora no puede hacer frente a los pagos», explica Galve sobre uno de los perfiles más habituales con los que se están encontrando. En otros casos, la situación venía de antes, pero es ahora cuando han conocido la posibilidad de poner fin a la persecución de las empresas de recobro. Otro de los factores que apunta este profesional es el fin el pasado mes de julio de la moratoria que aprobó el Gobierno y que eximía de la obligación de declararse en concurso, lo que ha provocado que ahora se acumulen más casos. Pero, sobre todo, Galve señala que los últimos cambios en la Ley Concursal también están animando a más personas endeudadas a recurrir a este mecanismo, al haber agilizado notablemente los trámites. Por ejemplo, al suprimir la obligatoriedad de intentar primero una mediación con los acreedores o prescindir de la figura del administrador concursal, a no ser que algún acreedor lo reclame.
La Ley de Segunda Oportunidad para hacer frente a los abusos bancarios
En la última década, se ha visto un aumento de denuncias contra entidades financieras en España. Estas denuncias se relacionan principalmente con abusos bancarios. A partir de la aprobación de la Ley de Segunda Oportunidad, en 2015, la misma se ha consolidado como una herramienta para proteger a los consumidores de estos abusos. Mediante el asesoramiento adecuado, la Ley de Segunda Oportunidad funciona como un mecanismo legal que ayuda a cancelar deudas y salir de estados morosos. No obstante, no todas las personas pueden ampararse en esta ley. Es por ello que, despachos de abogados como Quita Deudas proporcionan asesoramiento legal respecto a qué medidas tomar para protegerse de abusos bancarios. ¿Qué son los abusos bancarios? Los abusos bancarios pueden adoptar diversas formas, desde la inclusión de cláusulas confusas y ambiguas en los contratos, hasta la venta de productos financieros complejos que no se adecúan al perfil del cliente. En la última década, el número de denuncias relacionadas con abusos bancarios asciende a 220.000 en España. Una práctica usual en los abusos bancarios es la desinformación intencionada por parte de los bancos a sus usuarios. En este tipo de abusos la entidad financiera aprovecha la falta de conocimiento o información del cliente para imponer condiciones en sus contratos. Esto puede darse en forma de inclusión de cláusulas que aumenten los intereses, la venta de productos financieros sin la debida explicación, o la ocultación de información relevante para la toma de decisiones. La Ley de Segunda Oportunidad para cancelar deudas La Ley de Segunda Oportunidad es una normativa que permite a los ciudadanos que se encuentran en situación de insolvencia económica obtener la cancelación de sus deudas y así poder recuperarse de su situación morosa. Para ello, se establece un proceso de negociación con los acreedores, en el que se intenta alcanzar un acuerdo para la reestructuración de la deuda. Si no se consigue, se puede solicitar la cancelación de las deudas. Con la Ley de Segunda Oportunidad es posible paralizar los embargos y procesos de reclamación de deudas, y una vez finalizado el proceso se consigue la salida de los ficheros de morosidad. Para poder acogerse a esta normativa, es necesario demostrar que se está en situación de insolvencia, y que no se dispone de bienes suficientes para hacer frente a las deudas. Una de las medidas para proteger a los consumidores de los abusos bancarios, es el acogimiento a la Ley de Segunda Oportunidad. Al obtener la cancelación de las deudas, se consigue liberarse de la carga financiera que suponen los intereses abusivos, las comisiones y los gastos excesivos. Desde la aprobación de la Ley de Segunda Oportunidad en España, se han registrado un gran número de solicitudes de acogimiento a la misma. Sin embargo, para acogerse a esta ley es necesario contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho concursal. El equipo de profesionales de Quita Deudas brinda asesoramiento personalizado y acompañamiento en todo el proceso, ya que cuenta con expertos en el acogimiento a la ley de segunda oportunidad contra los abusos bancarios